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Obligaciones tributarias octubre 2019, tercer trimestre

Con el inicio del mes de octubre se inicia uno de los periodos de presentación de impuestos más importantes del año.

Durante el mismo, la totalidad de los emprendedores, autónomos y sociedades españolas entre otras entidades, tienen la obligación de presentar los modelos y declaraciones que debido a su actividad económica y empresarial le correspondan.

Para el ejercicio 2019 en el que nos encontramos, durante el mes de octubre se declarará el tercer trimestre del año 2019 (julio, agosto y septiembre), o si la sociedad se encuentra incluida en el REDEME (presentación mensual de impuestos) o está considerada por Hacienda como Gran Empresa (volumen operaciones > 6.010.121’04€) declarará el mes de septiembre.

A modo de las obligaciones impositivas más comunes y sus plazos son los siguientes:

Modelo 111 Retenciones e ingresos a cuenta IRPF. Rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de Renta

Hace referencia a la declaración trimestral de las retenciones de IRPF que realizan los autónomos o sociedades a entre otros, sus trabajadores, a otros profesionales y a empresarios fruto de su actividad económica. El plazo de presentación máximo para este trimestre es el 21.10.2019, pudiendo domiciliar el pago como máximo hasta 5 días antes.

 

Modelo 115 Retenciones e ingresos a cuenta IRPF. Retenciones e ingresos a cuenta. Rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos.

En el se liquidaran las retenciones practicas en las facturas de alquiler de las oficinas, naves, etc. Que se hayan producido durante el trimestre anterior, recordando que el tipo de retención actual para el alquiler es del 19%, que se descuenta de forma mensual en el pago de la misma y que hay que ingresar a Hacienda a cuenta del arrendador mediante el modelo 115. El plazo de presentación máximo para este trimestre es el 21.10.2019, pudiendo domiciliar el pago como máximo hasta 5 días antes.

 

Modelo 130 IRPF. Empresarios y profesionales en Estimación Directa. Pago fraccionado.

Es el modelo de autoliquidación del pago fraccionado del IRPF que tienen que presentar todos los autónomos que se encuentran en Estimación Directa. En el se presentaran la relación de ingresos y gastos cometidos en el trimestre a liquidar y en el caso de obtener beneficios, se realizará un pago a cuenta de IRPF (su renta) del 20% de esos beneficios. El plazo de presentación máximo para este trimestre es el 21.10.2019, pudiendo domiciliar el pago como máximo hasta 5 días antes.

 

Modelo 131 IRPF. Empresarios y profesionales en Estimación Objetiva. Pago fraccionado.

El modelo 131 es muy parecido al modelo 130 citado en el párrafo anterior, la diferencia radica en que se trata la autoliquidación del pago fraccionado del IRPF del trimestre pero para aquellos autónomos que se encuentran en Estimación Objetiva, es decir, en módulos. El plazo de presentación máximo para este trimestre es el 21.10.2019, pudiendo domiciliar el pago como máximo hasta 5 días antes.

 

Modelo 303 IVA. Autoliquidación.

Durante el mes de octubre se liquidará mediante el modelo 303 el IVA del trimestre, debiendo el sujeto pasivo realizar la diferencia entre el IVA repercutido (ventas) y el IVA soportado (compras), resultando de la misma un importe a pagar si el repercutido es mayor, o en su caso si ha soportado un mayor importe que el repercutido, quedando este IVA a compensar para posteriores trimestres. El plazo de presentación máximo para este trimestre es el 21.10.2019, pudiendo domiciliar el pago como máximo hasta 5 días antes.

 

Modelo 349 IVA. Declaración Informativa. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias.

El modelo 349 tiene una peculiaridad en relación con los modelos listados en el artículo, ya que se trata de una declaración informativa, es decir, no supondrá para el sujeto pasivo ningún desembolso económico. En dicho modelo los autónomos y sociedades españolas dadas de alta en el registro de operadores intracomunitarios (ROI), declararan las operaciones de compra y de venta que hayan realizado durante el trimestre con otros operadores ROI de otros países Europeos. El plazo de presentación máximo para este trimestre es el 21.10.2019, pudiendo domiciliar el pago como máximo hasta 5 días antes.

 

Modelo 202 IS. Impuesto de Sociedades. Pago fraccionado.

Por último, el mes de octubre también destaca por tener que presentar para las sociedades que hayan tenido beneficios durante el año anterior, su segundo pago fraccionado a cuenta del Impuesto de Sociedades (IS), el pago fraccionado supondrá el 18% de los beneficios declarados en el último Impuesto de Sociedades disponible (modelo 200), en este caso, el 25% de la cuota líquida de 2018. El plazo de presentación máximo para este trimestre es el 21.10.2019, pudiendo domiciliar el pago como máximo hasta 5 días antes.

 

Debido a la complejidad del sistema impositivo español, es más que recomendable ponerse en manos expertas en asesoramiento fiscal e impositivo, desde el equipo de Francés Asesores, le podemos ayudar a la hora de preparar sus obligaciones impositivas, nos podrá encontrar en nuestras oficinas de Alcoy, Ibi o Banyeres de Mariola, no dude en ponerse en contacto con nosotros.

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