Repercusión ayudas extraordinarias Covid-19 en renta 2020

A falta de pocos días para finalizar este convulso y difícil 2020 se estima que 4 millones de trabajadores se han visto o están afectados por un ERTE, así como unos 500.000 autónomos por ayudas por cese de actividad. Hay que recordar que esta situación supone un impacto en la renta (IRPF) de 2020, que se empezará a autoliquidar en abril de 2021.

 

Trabajadores en ERTE

Los ERTE implicarán que muchos contribuyentes tengan 2 pagadores en 2020

  • Lo que puede que obligue a presentar la declaración a ingresar, aunque se haya cobrado menos que durante el año 2019. Recordamos que los ERTE se cobran sin retención de IRPF por lo que el impacto económico puede ser considerable en según qué casos.
  • Prestaciones por maternidad también afecta considerablemente a las prestaciones por maternidad. En los casos en que se suspende el contrato de trabajo, se pierde la deducción durante los meses en que dure el ERTE, también para las trabajadoras autónomas en los meses en que hayan cerrado su negocio.
  • Deducciones por familia numerosa de igual modo sucede con las deducciones por familia numerosa o por personas con discapacidad a cargo.

Para ambos casos descritos y si el ERTE es de reducción de jornada, la deducción se mantiene intacta ya que se continúa realizando una actividad.

 

Autónomos

Se estima que los ceses de actividad, así como las ayudas recibidas durante el ejercicio supondrán que se tribute por ellas durante la autoliquidación de la renta que se efectuará en abril de 2021 en cargo de la renta de 2020, según la interpretación actual de la Agencia Tributaria, sin perjuicio de que se pueda producir algún cambio al respecto.

 
Sociedades, despidos ERTE

Por otro lado, es importante recalcar que el organismo de la Dirección General de Trabajo ha recordado que las empresas acogidas a un ERTE que incumplan el compromiso de mantener el empleo durante los seis meses posteriores a retomar la actividad (como indica la normativa vigente) deberán devolver todas las cotizaciones exoneradas de la Seguridad Social y no solo las de los despedidos.

Recordamos que es un criterio, recogido en una nota informativa de la Inspección de Trabajo, donde señala que, ante algunas dudas surgidas, que se deben reintegrar todas las ayudas \»al margen del número de trabajadores afectados por el incumplimiento\» de la salvaguarda de empleo.

Aunque a criterio de expertos laboralista se considera desproporcionado, por el momento es el criterio seguido por la administración.

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