La figura de la Pequeña y Mediana Empresa (PYME) en el tejido empresarial europeo, y más concretamente en el sector económico español es de suma importancia.
Las PYMES en España, suponen el 99,8% de las empresas, y soportan el 66% del empleo empresarial total y representan el 62% del Valor Añadido Bruto (VAB).
Por esta razón la Ley del Impuesto de Sociedades (LIS) ha establecido una serie de ventajas fiscales adicionales para este tipo de entidad.
Encontramos las ventajas fiscales a las PYMES españolas dentro del Capítulo XI Incentivos fiscales para las entidades de reducida dimensión, que pertenece al Título VII de Regímenes Especiales de la Ley del Impuesto de Sociedades.
Como indica el art. 101 LIS se considerará entidad de reducción dimensión, aquellas cuya cifra de negocio en el año inmediatamente anterior no supere los 10.000.000€, además no podrán disfrutar de ellas aquellas sociedades consideradas Entidades Patrimoniales (empresas que posean más de la mitad de su activo no afecto a una actividad económica).
Libertad de amortización (art.102 LIS)
“Los inmovilizados y las inversiones inmobiliarias de nueva adquisición que se encuentren afectos a actividades económicas, podrán amortizarse libremente. Siempre que: durante los 24 meses siguientes a la fecha en que dichos bienes entren en funcionamiento. La plantilla media total de la entidad se incremente respecto de la plantilla media de los 12 meses anteriores. Manteniéndose dicho incremento durante un periodo adicional de otros 24 meses.”
El primero de los beneficios, va ligado a una política de inversiones de inmovilizado nuevo con un incremento de la plantilla media de los trabajadores, de modo que, podrán reducir el pago fiscal del IS, siempre que se cumplan los requisitos de mantenimiento de empleo, del mismo modo si no se cumpliese, se debería de devolver este beneficio en la cuota del impuesto con intereses.
Amortización Acelerada (art.103 LIS)
Los elementos de inmovilizado tanto material como inmaterial y de inversiones inmobiliarias nuevos, que se encuentren afectos a la actividad económica, “podrán amortizarse en función del coeficiente que resulte de multiplicar por 2 el coeficiente de amortización lineal máximo previsto en las tablas de amortización oficialmente aprobadas.”
Lo que les permitirá amortizar fiscalmente el doble de rápido, sin perjuicio de que las sociedades deberán de tener en cuenta los diferentes ajustes fiscales con respecto a su contabilidad, que provoca dicha amortización.
Pérdidas por deterioro de los créditos por posibles insolvencias de deudores (art.104 LIS)
Las PYMES se podrán deducir, “la pérdida por deterioro de los créditos para la cobertura del riesgo derivado de las posibles insolvencias hasta el límite del 1 por ciento sobre los deudores existentes a la conclusión del período impositivo”.
Aplicación de la reserva de nivelación en las bases imponibles (art.105 LIS)
Se podrán minorar las bases imponibles del ejercicio hasta en un 10% de su importe, con un límite máximo anual de 1.000.000€.
Dotando una reserva indisponible por el mismo importe, que no podrá ser dispuesta hasta que, transcurridos 5 años desde la aplicación de la reserva de nivelación, se tengan que añadir las bases minoradas a las del ejercicio en curso. O se añadirán a la base imponible de un ejercicio con pérdidas si ocurre dentro de estos 5 años.
Se trata pues, de un diferimiento de una parte del pago del impuesto de sociedades a un plazo de 5 años.
Contratos de arrendamiento financiero o leasings (art. 106 LIS)
Las entidades tendrán la posibilidad de aplicarse una amortización acelerada sobre los bienes adquiridos mediante contrato financiero o leasing, con un máximo del triple del coeficiente máximo de amortización regulado en las tablas de amortización, lo que les permite amortizar fiscalmente mayor cantidad en los primeros ejercicios.
Si requiere un mayor asesoramiento sobre como disfrutar de las ventas fiscales más adecuadas para su PYME, no dude en contactar con nuestro equipo, FRANCES ASESORES, en Alcoy, Ibi o Banyeres de Mariola, estaremos encantados de ayudarles.